El Acuerdo Interministerial MDT-MSP-2019-038 define las directrices que debe cumplir el programa. En GestionaSST lo desarrollamos siguiendo cada uno de esos lineamientos:
Diagnóstico inicial de la empresa
Antes de diseñar cualquier acción, analizamos tu empresa: tipo de actividad económica, puestos de trabajo críticos y factores de riesgo específicos asociados al consumo de sustancias. Sin diagnóstico, no hay programa real.
Política formal de prevención
Redactamos una política suscrita por la alta dirección, con lineamientos claros sobre responsabilidades y un enfoque que combina prevención, acompañamiento y cultura organizacional. No solo prohibiciones.
Diseño del programa preventivo
Elaboramos el programa con objetivos, alcance, procedimientos internos, responsables designados e indicadores de seguimiento. Listo para ser registrado y aprobado en la plataforma del Ministerio del Trabajo.
Capacitación y sensibilización al personal
La normativa exige capacitación a todos los trabajadores. Realizamos charlas técnicas, campañas de sensibilización y entregamos material visual preventivo, con sus respectivas evidencias documentales. La formación es el corazón del programa.
Protocolo de actuación ante casos
Diseñamos el procedimiento interno para actuar si se detecta a un trabajador bajo los efectos de sustancias: manejo confidencial, acciones disciplinarias conforme a la ley y medidas correctivas. Todo dentro del marco del Acuerdo MDT-2024-196, que obliga al empleador a garantizar que ningún trabajador realice sus actividades en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias psicotrópicas.
Registro y aprobación ante el Ministerio del Trabajo
Gestionamos el registro en la plataforma informática oficial y preparamos toda la documentación para que la aprobación fluya sin contratiempos. También te dejamos listo para cualquier inspección o auditoría posterior.